El 31 de enero de 2014, la Comisión Europea publicó sus conclusiones sobre la re-evaluación de las restricciones sobre los ftalatos DINP y DIDP en juguetes y artículos de puericultura que puedan ser introducidos en la boca.
La Comisión está plenamente alineada con las principales conclusiones presentadas en agosto del año pasado por la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA ), a la que en septiembre de 2009 se le pidió revisar la información científica más reciente sobre estos dos ftalatos de alto peso molecular.
No hay riesgos añadidos
A partir de la evaluación de la ECHA, la Comisión ha llegado a la conclusión de que no hay un riesgo inaceptable derivado del uso de DINP y el DIDP excepto en los juguetes y artículos de puericultura que puedan ser introducidos en la boca. Por tanto, la Comisión concluyó que se debe mantener la actual restricción sobre el uso de DINP y el DIDP en juguetes y artículos de puericultura que puedan ser introducidos en la boca (dicha restricción preventiva ha estado en vigor desde 2005).
La Comisión concluyó además que debido a la ausencia de riesgos adicionales del uso de DINP y DIDP, la evaluación de los posibles sustitutos ha sido menos relevante. Por lo tanto, el DINP y el DIDP pueden ser considerados seguros para su uso en todas las aplicaciones actuales.
La seguridad y el rendimiento óptimo de los plastificantes son esenciales para los numerosos artículos de PVC flexible que son utilizados por millones de europeos cada día. El Consejo Europeo de Plastificantes y Productos Intermedios (ECPI) confía en que las conclusiones de la Comisión proporcionarán tranquilidad a los consumidores, así como un marco regulatorio estable para que las empresas sigan utilizando estos dos ftalatos altos» señaló el director del ECPI, el Dr. Stéphane Content. Por otra parte, el DINP y el DIDP han demostrado ser sustitutos fiables para los ftalatos de bajo peso molecular que en la actualidad están atravesando el proceso REACH de Autorización.
No hacen falta medidas adicionales ni para niños ni para adultos
La ECHA también concluyó que no se necesitan medidas adicionales de gestión de riesgo para reducir la exposición de los niños al DINP y DIDP. En el caso de los adultos, los datos de biomonitoreo revisados por la ECHA confirmaron que la exposición derivada de alimentos y los espacios interiores no es muy significativa, y, en el caso de la exposición cutánea al DINP y al DIDP no se espera que resulte en un riesgo para los adultos o el desarrollo del feto en mujeres embarazadas.
ECHA también indicó que el uso de juguetes sexuales que contienen DINP y DIDP no resultaría en ningún riesgo. En general, la Agencia Europea de Sustancias concluyó que no son necesarias medidas adicionales de gestión de riesgos para reducir la exposición de los adultos al DINP y al DIDP.
Esta re-evaluación de las restricciones sobre los ftalatos altos no clasificados fue requerida por la entrada 52 del anexo XVII del Reglamento REACH, que incorpora las restricciones originales en la Directiva 2005/84/CE. Este proceso de revisión científica de cuatro años incluyó una consulta pública y una opinión independiente por el Comité de Evaluación de Riesgos de la ECHA (RAC), que reúne a expertos de los 28 Estados miembros.
El informe de la ECHA evaluó la posible exposición al DINP y al DIDP desde varias fuentes, incluyendo el aire y el polvo en interiores, la comida, la ropa, los suelos de vinilo, y el interior de los vehículos, entre otros.
*Para más información: www.plasticisers.org
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